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23/03/2020Nuevo Real Decreto Instalaciones Frigoríficas
El Gobierno aprueba un nuevo reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas
El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes 27 de septiembre un Real Decreto con el Reglamento de Seguridad de Instalaciones Frigoríficas. Además, va acompañado de 21 instrucciones técnicas para garantizar la seguridad en las instalaciones y la protección del medio ambiente. Con esta norma, España adapta su normativa a las disposiciones de la Unión Europea.
Con la puesta en vigor de este Real Decreto se estima que los ciudadanos ahorren 800 millones de euros aproximadamente. Esto se debe al gran número de instalaciones de climatización y refrigeración que se realizan al año en España y los cambios que benefician al consumidor.
Debido a la complejidad de esta nueva norma, está prevista la realización de una guía técnica para la aplicación del Reglamento y sus instrucciones con el fin de solventar cuestiones que surjan durante su aplicación.
El objetivo que persigue el nuevo Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas es la adaptación de la reglamentación de seguridad para instalaciones frigoríficas a la nueva clasificación de los refrigerantes que se aplica en el ámbito europeo. Esto significa apostar y permitir el uso de gases refrigerantes que no sean tan nocivos para el medio ambiente, con un bajo potencial de calentamiento atmosférico y baja inflamabilidad.
PUNTOS INTERESANTES DEL REAL DECRETO
Algunos puntos interesantes son:
1.- Este nuevo Real Decreto anula a los anteriores. Define claramente los requisitos indispensables que deben tener los instaladores de climatización y empresas instaladoras en el desarrollo de su actividad. Por lo que vuelve a restringir el manipulado, instalación, mantenimiento, etc de instalaciones de climatización y frío a los profesionales autorizados para ello.
2.- A los titulares de instalaciones frigoríficas se les responsabiliza de registrar la instalación ante el órgano competente de su Comunidad Autónoma. También les obliga a tener contratada una empresa mantenedora.
Dentro de las disposiciones transitorias, se dan 3 años para inscribir todas aquellas instalaciones frigoríficas que no los estuvieran ya en los órganos territoriales competentes en materia de industria de las comunidades autónomas. De no ser así, se considerará infracción y podrán ser sancionados.
Desde la Confederación Nacional de Instaladores y Mantenededores (CNI) advierten que a fecha de hoy existen muchas instalaciones frígoríficas ilegales.
La obligatoriedad de este registro no tiene como objetivo el control y sanción a los titulares de las instalaciones. El objetivo principal es mejorar la seguridad y evitar problemas a la hora de superar las inspecciones. Y, también, para evitar accidentes laborales para el trabajador y sanciones para el empresario.
Por ejemplo, en caso de accidente y no tener todo al día, el empresario se puede enfrentar sanciones por incumplir:
- Este Real Decreto
- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales
- El RD 1215/1997 , normativa por la que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización, por parte de los trabajadores, de los equipos (entre los que se encuentran las máquinas frigoríficas).
3.- Este RD incluye un Apéndice nuevo dedicado a la protección del medioambiente. Aparece un nuevo concepto llamado TEWI (Total Equivalent Warning Impact). Este parámetro ha sido concebido para determinar la contribución total del sistema de refrigeración utilizado al calentamiento atmosférico. Cuantifica el calentamiento atmosférico directo del refrigerante si se libera, y la contribución indirecta de la energía requerida para que el equipo trabaje durante su vida útil. Es válido únicamente para comparar sistemas alternativos u opciones de refrigerantes en una aplicación concreta y en un lugar dado.
4.- Para conseguir el objetivo de este Real Decreto, se ha realizado una nueva reclasificación de los gases. De esta manera se ha incluido un nuevo subgrupo de refrigerantes A2L dentro del grupo de media seguridad (L2). Esto afecta directamente al algunos gases como el R32 que su uso pasa a ser considerados de mayor seguridad.
Por ejemplo, el gas R32 cada vez es más usado en equipos de climatización frente al R410 (con fecha de caducidad en 2025). Se trata de un gas puro, y no una mezcla como el R-410. Tiene mucha menos potencia de calentamiento atmosférico, por lo que es menos agresivo para el medio ambiente. Y en caso de leve fuga, tiene un coste de reposición para el titular mucho menor.
Este cambio también beneficia al usuario. Este gas podrá ser instalado por un instalador de nivel 1, mientras que hasta ahora solo podía ser instalado por uno de nivel 2. Ya no haría falta elaborar un proyecto técnico ni una dirección técnica de obra. Esto también se aplica al mantenimiento de las instalaciones. Tampoco habría necesidad de que el titular de la instalación tenga un Seguro de Responsabilidad Civil suscrito de 500.000€. Y el instalador ya no necesita tener un seguro de Responsabilidad Civil de 900.000€ al reducirse el nivel necesario de los instaladores.
BENEFICIOS
Este Real Decreto beneficia tanto a empresas instaladoras como usuarios:
- A empresas y profesionales porque regula de manera clara quiénes pueden realizar las instalaciones frigoríficas, sancionando a los profesionales no cualificados y evitando el instrusismo. Y, también, regula cómo deben realizar su trabajo.
- A usuarios porque aunque existen múltiples procedimientos de exigido cumplimiento, todos los procedimientos son más claros. Y, en muchos casos, les va a suponer un gran ahorro. Además, les ofrece más seguridad a la hora de contratar a una empresa que instale, mantenga o repare sus instalaciones de climatización.
- Y, por supuesto, también beneficia al medioambiente, potenciando el uso de gases menos contaminantes para el medioambiente.
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EBM Mercurio es una empresa registrada en Industria como empresa:
- instaladora eléctrica de baja tensión (categoría especialista)
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Y, además, nuestros técnicos están formados y certificados en prevención de riesgos laborales. Contamos con una póliza de responsabilidad civil con una suma asegurada de 1.300.000 €.
Por todo esto y muchos más motivos, confía tus instalaciones a EBM Mercurio. Estarás en buenas manos.
Si quieres consultar el borrador de este Real Decreto, pincha aquí.